OPCIONES

En las Enseñanzas Básicas, en ningún caso se podrá simultanear el estudio de dos instrumentos.

El alumnado que haya finalizado en su totalidad las Enseñanzas Básicas de Música podrá volver a cursar estas enseñanzas con otra materia instrumental.

Respecto a la convalidación, matriculación y calificación de materias será de aplicación, por analogía, lo establecido para las asignaturas cursadas en una segunda especialidad de las Enseñanzas Profesionales de Música (artículo 16.1 de la Orden de 25 de octubre de 2007), siendo consideradas como materias comunes Lenguaje Musical y Coro.

Para el alumnado que haya cursado Enseñanzas Elementales en planes de estudio anteriores al actual, cuyas calificaciones no eran numéricas, las asignaturas comunes a las que se refiere el apartado anterior se consignarán en el sistema de información Séneca con el estado de materia “Superada en años anteriores”

NORMATIVA DE REFERENCIA




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