Las solicitudes de traslado de matrícula por cambio de localidad de residencia deberán presentarse en el Centro docente donde el alumno pretende ser admitido y se resolverán siempre en función de las plazas vacantes que disponga el Centro. Durante el tercer trimestre no se admitirán traslados de matrícula.
Las solicitudes de traslado presentadas del 1 al 30 de abril tendrán preferencia sobre el resto de solicitudes y se podrán resolver favorablemente desde el 12 de julio hasta la finalización del plazo ordinario de matrícula en caso de plaza vacante en el curso y especialidad solicitado.
El alumnado que realice un traslado de matrícula dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía no deberá abonar de nuevo las tasas académicas, si las satisfizo en su Centro de origen. Las solicitudes procedentes de alumnado que cursa estudios en otras comunidades, las resolverá la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa y en este caso se deberán abonar las tasas de matrícula correspondientes.
Las solicitudes se resolverán según el momento de presentación de las mismas:
Las solicitudes se resolverán según el momento de presentación de las mismas: